Liquidaciones complementarias del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones

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Liquidaciones complementarias del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones

10 % del Importe Recurrido.

Sólo si usted gana, ganamos nosotros…

Si ha recibido una liquidación complementaria por dicho impuesto podemos asesorarle sobre la posibilidad de presentar recurso ante la Administración correspondiente. Así como, podemos revisar las autoliquidaciones que ha presentado respecto a este impuesto y comprobar si se han aplicado todas las reducciones y bonificaciones que cada Comunidad Autónoma establece sobre este impuesto.

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Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones

Este impuesto grava aquellas adquisiciones que se producen por herencia, legado o cualquier otro título sucesor, las adquisiciones de bienes y derechos por donación, así como la percepción de cantidades por los beneficiarios de seguros de vida.

Una vez recibida su solicitud, nos pondremos en contacto con usted para solicitarle toda la información relacionada con su liquidación.

Forma de pago.

100 € (IVA incluido): A la aceptación del servicio. Una vez remitida y estudiada por nuestra parte toda la documentación

Resto hasta el 10% del importe recurrido una vez obtenida la resolución estimatoria del recurso.

Si la resolución es negativa, es decir, que se ha perdido el recurso, le reintegraremos los 100 € iniciales.

En caso de acudir a la vía judicial, en estos honorarios no están incluidos los correspondientes al Procurador de los Tribunales ni a los peritos u otros profesionales que intervengan en su caso para el buen fin del encargo. Tampoco se incluyen otros suplidos ni tasas judiciales.

La minuta de honorarios definitiva estará sujeta al régimen fiscal de retenciones e IVA procedente.

Puede contratar nuestros servicios On-line, llamando al teléfono 96 314 80 50 o enviando un mail a contacto@globalpropiedad.com. También puede dejarnos sus datos y nos pondremos en contacto con usted de inmediato.