Impuesto de sucesiones (ISD para herencias)

  • "Certificado defunción " is a required field.
  • "Libro de familia " is a required field.
  • "Actas de nacimiento de los hijos o documento extranjero equivalente" is a required field.
  • "DNI (nacional) " is a required field.
  • "Documento de identidad del país de origen y NIE (a efectos de liquidación de impuestos)" is a required field.
  • "Bases de cotización últimos meses" is a required field.
  • "Certificado de la última/s empresa/s en la que trabajó" is a required field.
  • "Justificante de pago de cuotas si era el obligado al ingreso" is a required field.
  • "Certificado INEM u organismo competente en su CCAA" is a required field.
  • "Libro de familia o certificado en extracto de actas de nacimiento de los hijos " is a required field.
  • "Certificado de defunción del otro cónyuge si se solicita orfandad absoluta" is a required field.
  • "Tarjeta de demandante de empleo del INEM u organismo competente, si el fallecido se encontraba en situación de paro involuntario no subsidiado" is a required field.
  • "Certificado de minusvalía y grado reconocido, expedido por el IMSERSO u organismo competente" is a required field.
  • "Acreditación de la necesidad de ayuda de terceras personas o por movilidad reducida, expedida por el IMSERSO u organismo competente" is a required field.
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Impuesto de sucesiones (ISD para herencias)

90,75

Asesoría, confección de documentos y liquidación del impuesto de sucesiones en 48 horas.

  • Description
  • Plazos de presentación
  • Información vinvulada

Description

Contratando este servicio, le ofrecemos a través de un abogado especializado en sucesiones:

  • Asesoramiento e información fiscal sobre este impuesto (legislación aplicable, beneficios fiscales, etc.)
  • Confección de los modelos de declaración y liquidación del impuesto de sucesiones (modelos 650-651) de cualquier Comunidad.
  • Redacción de documento indicando que documentación se debe presentar junto con el impuesto, indicándole el lugar de presentación y, en su caso, de pago del impuesto.
  • Plazo de entrega de 48 horas.
  • El plazo para liquidar el impuesto de sucesiones, en principio es de seis meses desde el fallecimiento del causante, si bien es cierto, cabe una prórroga de otros seis meses. Hay que decir que cabe alguna especialidad tratándose de territorios con autonomía fiscal, como por ejemplo el País Vasco y Navarra.
  • Aunque el pago del impuesto esté exento, es decir, que no tenga que pagar nada, es obligatorio presentar en la Hacienda Autonómica correspondiente declaración o autoliquidación, según los caos. Y en caso de no hacerlo se puede incurrir en sanciones, que pueden ir de 100 a 200 €, según haya mediado o no requerimiento de la Administrador.