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Recursos de plusvalías

10 % del Importe Recurrido.

Sólo si usted gana, ganamos nosotros…

Si en los últimos cuatro años, Vd. ha vendido o transmitido por cualquier título un inmueble urbano por debajo del valor por el que lo adquirió y, pese a ello, ha tenido que pagar al Ayuntamiento el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (antiguo “plusvalía municipal”), no dude en ponerse en contacto con nosotros.

Le ayudaremos a recuperar el importe pagado al Ayuntamiento.

 

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Impuesto Sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU)

También conocido como “plusvalía municipal”, es un impuesto local que grava la transmisión, ya sea onerosa o gratuita, de los bienes de naturaleza urbana y que se devenga en el momento de la transmisión cuando se trata de transmisión inter vivos y en la fecha de fallecimiento en caso de transmisión mortis causa.

    • Si Vd. ha transmitido un inmueble urbano “a pérdidas”, es decir, por un valor inferior al de su adquisición, no dude en ponerse en contacto con nosotros.
    • Tras estudiar su caso concreto, le informaremos de las posibilidades que tiene de recuperar el importe pagado al Ayuntamiento por el I.I.V.T.N.U. (antiguo “plusvalía municipal).
    • Y si lo desea, nosotros nos ocuparemos de todo: redactar todos los escritos, presentarlos ante el órgano correspondiente y continuar con todo el procedimiento hasta obtener una resolución definitiva favorable.

Forma de pago.

100 € (IVA incluido): A la aceptación del servicio. Una vez remitida y estudiada por nuestra parte toda la documentación

Resto hasta el 10% del importe recurrido una vez obtenida la resolución estimatoria del recurso.

Si la resolución es negativa, es decir, que se ha perdido el recurso, le reintegraremos los 100 € iniciales.

En caso de acudir a la vía judicial, en estos honorarios no están incluidos los correspondientes al Procurador de los Tribunales ni a los peritos u otros profesionales que intervengan en su caso para el buen fin del encargo. Tampoco se incluyen otros suplidos ni tasas judiciales.

La minuta de honorarios definitiva estará sujeta al régimen fiscal de retenciones e IVA procedente.

Puede contratar nuestros servicios On-line, llamando al teléfono 96 314 80 50 o enviando un mail a contacto@globalpropiedad.com. También puede dejarnos sus datos y nos pondremos en contacto con usted de inmediato.